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El Gobierno trata de eliminar el derecho de huelga por decreto

Una nueva ofensiva del Poder Ejecutivo sacudió el tablero sindical y jurídico del país. A través del Decreto 340/2025, el Gobierno nacional impuso severas restricciones al ejercicio del derecho a huelga, al redefinir qué actividades se consideran “esenciales” o de “importancia trascendental”. Esta normativa, publicada en el Boletín Oficial, reaviva un conflicto latente desde 2023, cuando un intento similar fue bloqueado por la Justicia. La medida provocó un inmediato estado de alerta en el movimiento obrero organizado y una intensa ronda de consultas entre dirigentes gremiales.

El decreto establece un nuevo marco para los conflictos colectivos en sectores estratégicos, y exige que durante cualquier paro se mantenga una prestación mínima del 75% en servicios esenciales y del 50% en actividades consideradas trascendentales. Así, limita gravemente la posibilidad de una paralización total, lo que, en los hechos, representa la eliminación del derecho a huelga en vastos sectores de la economía nacional.

La respuesta sindical no se hizo esperar: referentes de la CGT comenzaron a coordinar pronunciamientos desde sus federaciones y gremios de base. Según fuentes del sector consultadas por InfoGremiales, en las próximas horas se reunirán en la sede de Azopardo 802 para definir una postura conjunta frente al avance del Ejecutivo. “Estamos en contacto permanente. En 24 horas habrá una definición colectiva”, aseguró una voz de peso dentro de la central obrera.

La gravedad de la norma impulsó también el inicio de gestiones con referentes del arco político opositor, con el objetivo de frenar el decreto por vía legislativa o judicial. Para muchos, el antecedente inmediato del DNU 70/2023 —cuya aplicación fue detenida por la Justicia— alienta la posibilidad de frenar nuevamente este avance sobre derechos laborales fundamentales. Sin embargo, preocupa que la vigencia del nuevo régimen permita al Gobierno intentar su aplicación mientras se resuelve su legalidad.

El texto oficial también crea una Comisión de Garantías que funcionará como organismo autónomo con capacidad para determinar qué otras actividades podrían ser consideradas críticas, basándose en criterios de seguridad, salud, provisión de productos esenciales o impacto económico. Esta potestad abre la puerta a futuras ampliaciones del listado, generando incertidumbre sobre los alcances reales de la medida.

El catálogo de servicios que el Gobierno define como esenciales es extenso y abarca desde la salud, la energía y las telecomunicaciones, hasta el transporte aéreo, fluvial y portuario, la educación en todos sus niveles, y los servicios aduaneros y migratorios. A su vez, considera actividades de importancia trascendental a sectores industriales estratégicos como la siderurgia, la producción alimentaria, la minería, los servicios bancarios, logísticos y hasta el comercio electrónico.

De manera simultánea, el decreto introduce un Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional. A través de esta medida, los buques registrados en el país podrán operar bajo banderas extranjeras por un período de hasta diez años, sin perder los beneficios fiscales que se aplican a embarcaciones nacionales. Aunque se excluyen los buques pesqueros, turísticos y de pequeño porte, la normativa flexibiliza las condiciones laborales, permitiendo incluso que los contratos de trabajo de los tripulantes se rijan por convenios internacionales, por fuera de las leyes laborales argentinas.

Durante el tiempo que dure la suspensión de bandera, se permitirá la contratación de tripulación extranjera no residente en el país si no se encuentra personal local disponible. La autoridad de aplicación del régimen será la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), dependiente del Ministerio de Economía.

En conjunto, estas disposiciones suponen un fuerte avance del Ejecutivo sobre derechos laborales garantizados por la Constitución Nacional. Al mismo tiempo, introducen mecanismos de desregulación orientados a aumentar la competitividad de ciertos sectores estratégicos, en línea con la agenda económica del actual Gobierno. Sin embargo, la decisión promete reavivar un profundo conflicto con los gremios, el Congreso y el Poder Judicial.

El intento de limitar el derecho a huelga —uno de los pilares de las democracias modernas— despierta duras críticas no solo en el ámbito sindical sino también en el plano jurídico y político. Organizaciones laborales y de derechos humanos denuncian que se trata de una vulneración directa del artículo 14 bis de la Constitución Nacional. La tensión crece, y todo indica que esta disputa recién comienza.

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