Censura previa: críticas de todas partes al juez Maraniello
En un fallo que encendió alarmas entre sectores del periodismo y la oposición, el juez civil y comercial Alejandro Patricio Maraniello dictó una medida cautelar que impide la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, publicados en las últimas semanas en plataformas de streaming. La resolución llega en pleno sacudón por las escuchas que mencionan supuestas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad y en momentos en que el Gobierno busca domesticar el episodio como una maniobra externa de desestabilización.
La secuencia fue rápida: tras la circulación de grabaciones en las que Diego Spagnuolo, exfuncionario de ANDIS, refirió a presuntos pagos ilegales y citó a la secretaria general de la Presidencia, el Poder Ejecutivo elevó una denuncia por una supuesta “operación de inteligencia” destinada a condicionar la escena política. Desde el ministerio de Seguridad se requisó la intervención judicial y se pidió el allanamiento de sedes del canal que difundió los audios y de los domicilios de periodistas vinculados a la publicación. Para críticos, la maniobra no busca tanto esclarecer responsabilidades como apagar la discusión pública sobre posibles irregularidades.
El epicentro institucional de la controversia lo constituye la cautelar: su alcance —la orden de “cese de difusión por cualquier medio”— y la rapidez con que fue dictada fueron interpretados por organizaciones de prensa como un antecedente peligroso de censura previa. Voceros oficiales hablan de protección de la intimidad y de seguridad institucional; las voces independientes, en cambio, ven en la medida un riesgo de normalizar la prohibición del acceso a información de interés público en un momento donde la transparencia debería reforzarse, no restringirse.
La reacción del campo periodístico y sindical fue enérgica. El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) calificó la presentación y la solicitud de allanamientos como un intento de criminalizar la investigación periodística y recordó que las requisas sobre materiales de trabajo vulneran la tutela de la fuente, pilar insoslayable para la labor informativa. Pluralidad de organizaciones y foros de ética periodística advirtieron asimismo que la prohibición judicial opera como una mordaza preventiva frente a informaciones que, aunque deban ser peritadas, pertenecen al debate público.
Otra arista del conflicto es la del magistrado que dictó la cautelar. Alejandro Patricio Maraniello llegó al centro del debate por la decisión judicial y, de inmediato, por las denuncias acumuladas en su contra en el Consejo de la Magistratura; ese antecedente alimentó sospechas sobre la independencia y la idoneidad del fallo, y puso en evidencia la simbiosis —para muchos inquietante— entre algunos resortes judiciales y las prioridades del Ejecutivo. La existencia de causas en trámite contra el juez fue citada por diversas notas que siguen de cerca el caso.
En el plano político, la disputa amplificó la polarización: referentes opositores hablaron de un atropello a la libertad de prensa y de una estrategia deliberada para acallar voces críticas en vísperas de un calendario electoral complejo para el oficialismo; desde el Gobierno, en cambio, sostienen que se trata de una operación de desestabilización con actores extranjeros y operadores que buscan condicionar los comicios. Esa lectura —y la adopción de medidas judiciales y administrativas para sostenerla— profundiza la grieta y coloca al Poder Judicial en el centro de una batalla cuyo desenlace no sólo definirá el destino de los audios sino también el estándar que vamos a aceptar para el tratamiento de filtraciones y vulneraciones a la privacidad.
Más allá de las coyunturas partidarias, hay dos preguntas de fondo que el episodio obliga a plantear con claridad. La primera: ¿por qué, ante alegaciones de corrupción que involucran fondos destinados a sectores vulnerables, la respuesta estatal prioriza el control de la información por sobre la investigación exhaustiva? La segunda: ¿qué precedentes sienta en materia de libertades públicas el uso de herramientas cautelares para frenar la circulación informativa antes de que se hayan practicado peritajes públicos sobre la veracidad de los registros? Si la justicia actúa por atajos, la democracia se empobrece: restringir antes de investigar es cambiar la regla del juego en favor del poder.
En la práctica, la estrategia oficial —denuncia por “operación de inteligencia”, pedidos de allanamiento a medios y profesionales, y una cautelar amplia y veloz— funciona como una barrera para la transparencia en un contexto en el que la ciudadanía tiene derecho a conocer, con el mayor rigor posible, las hipótesis que comprometen la administración pública. Investigar y sancionar, si corresponde, es lo que demanda el interés general; intentar silenciar a los mensajeros que difunden indicios —por más contradictorios o incompletos que sean— es, en cambio, un gesto que erosiona la capacidad de control democrático.
La pulseada continúa: la cautelar divide a quienes piden resguardar la privacidad institucional y a quienes reclaman que nada ni nadie pueda interponerse entre la sociedad y la información que amerita fiscalización. En ese cruce reside la prueba de fuego para la democracia argentina: elegir si se prioriza la investigación pública y la protección de los derechos o se legitima la utilización de la máquina estatal para gestionar la narrativa y, con ello, socavar garantías básicas. Mientras tanto, los audios, los interrogantes sobre la justicia y la indignación ciudadana siguen circulando, aunque algunos intenten ahora ponerles un silencio de por medio.
Foto: Copenoa