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La Justicia le dijo no a Milei por el decreto antihuelga

En un nuevo traspié para el gobierno de Javier Milei, la Justicia laboral decidió frenar parte del polémico decreto 340/2025, que buscaba restringir el derecho a huelga de los trabajadores. La jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 3, hizo lugar al reclamo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió de manera provisoria los artículos 2° y 3° del DNU, que atentaban contra una herramienta esencial de la lucha sindical.

La resolución judicial representa un fuerte golpe a la avanzada autoritaria del Ejecutivo, que pretendía, sin consenso ni debate, imponer un marco legal que vulnera derechos consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales de la OIT. La CGT, que había optado por el camino legal antes que por la convocatoria a medidas de fuerza, presentó un amparo denunciando la inconstitucionalidad de la norma.

La justicia le puso un freno a un decreto que buscaba silenciar los reclamos laborales con herramientas propias de un Estado autoritario”, sostuvieron fuentes sindicales. La cautelar, si bien es una medida provisoria, tiene un fuerte impacto político y jurídico: pone en evidencia que ni siquiera el poder judicial está dispuesto a convalidar el intento del oficialismo de arrasar con los derechos laborales fundamentales.

El decreto de Milei había sido cuestionado por diversos sectores gremiales y expertos en derecho laboral, que alertaron sobre su carácter regresivo y su intento por debilitar la capacidad de organización y protesta de los trabajadores. En este contexto, el fallo de la jueza Fullana es una señal de que, al menos por ahora, existen límites institucionales ante los atropellos del Ejecutivo.

Desde la CGT celebraron el fallo como una victoria parcial pero significativa en la defensa de los derechos colectivos. Y advirtieron que seguirán utilizando todos los canales disponibles para frenar el ajuste y la política antisindical del gobierno. Mientras tanto, el Poder Judicial deberá resolver sobre el fondo de la cuestión: si declara o no la inconstitucionalidad definitiva de los artículos suspendidos.

El modelo libertario, que se jacta de eliminar “privilegios” y “cargos innecesarios”, parece decidido a borrar también las conquistas históricas del movimiento obrero. Sin embargo, el fallo demuestra que no todo se puede imponer por decreto, y que todavía hay espacios donde la resistencia organizada puede dar batalla con éxito.

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