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¿Puede ser más económico el transporte por agua que por camión?

El transporte por agua dentro de la Argentina comprende tanto el cabotaje fluvial como el marítimo. Habitualmente se afirma que, los fletes por agua son más económicos que los terrestres, especialmente por camión. Pero para poder comparar los costos de transporte de mercaderías entre el transporte por agua y el terrestre dentro del territorio nacional, es necesario previamente igualar las diferencias entre ellos.

Hay diferencias operativas que incrementan los costos totales que no son contemplados cuando se realiza la afirmación citada. Algunas de estas diferencias están referidas tanto a la mercadería transportada como al medio de transporte y tienen su origen en el ordenamiento jurídico administrativo de la Nación.

Trataremos dos de las diferencias entre el transporte por agua interno (cabotaje nacional) y el terrestre:

Mercaderías

La Constitución Nacional (Art. 26) establece que la navegación de los ríos interiores es internacional. Por lo que el río Paraná es de navegación internacional como lo es el Río de la Plata y el Mar Argentino. Con lo que el tráfico de cabotaje nacional, fluvial y marítimo, se desarrolla en aguas de libre navegación internacional.

Las mercaderías transportadas, aunque vayan de un puerto argentino a otro puerto argentino, son consideradas como que salen del país y vuelven a entrar, por lo que interviene la Aduana en el traslado de mercaderías entre provincias argentinas, no así en el terrestre. Esto hace que las fronteras de Argentina estén en los portones de los puertos.

Para que sea comparable al terrestre, es necesario que el transporte de mercaderías entre puertos argentinos en buques de bandera argentina, se considere realizado dentro del territorio nacional y no que las mercaderías son tratadas por la Aduana como que salen y vuelven a entrar al país.

Esto se puede garantizar con los dos sistemas siguientes, ya existentes:

– Sistema de Identificación Automática (AIS), que es un servicio de determinación en tiempo real de la posición de los buques y su tráfico, vigente desde el año 2004.

– Sistema de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP), cuyo objetivo es garantizar la seguridad del transporte marítimo, de las instalaciones portuarias y su zona de influencia (radas, fondeaderos) entre otras, el control del tráfico ilícito, contrabando, tráfico de personas, inmigración ilegal.

Ambos sistemas actualmente están funcionando y son operados por la Prefectura Naval Argentina. Además, la ley de cabotaje vigente, se debe aplicar sin excepciones (Art. 6), no permitiendo operar en este tráfico buques de bandera extranjera, garantizando el transporte de las mercaderías permanentemente bajo bandera y jurisdicción argentina.

Buques

El mismo Art. 26 de la Constitución Nacional dice que la libre navegación internacional está sujeta a los reglamentos que dicte la autoridad nacional.

La autoridad nacional es la Prefectura Naval Argentina. De acuerdo a su propia definición es: «Autoridad marítima, fuerza de seguridad que cumple funciones de policía de seguridad de la navegación, prevención de orden público, protección ambiental, policía judicial, auxiliar aduanera, migratoria, sanitaria».

Para los buques de bandera extranjera regula la navegación en aguas argentinas. Para los buques de bandera argentina no solo regula la navegación sino también la construcción, mantenimiento, propiedad, conducción, tripulaciones, seguridad portuaria, e interviene en la resolución de cualquier conflicto que surja entre embarcaciones, tripulaciones, tanto civiles como penales. La aplicación y control del cumplimiento y en muchos casos el juzgamiento de estas normas las realiza esta misma PNA.

Tiene delegado la suma del poder público respecto de las embarcaciones de bandera argentina. No es así para los buques de otras banderas que navegan por las mismas aguas. Esto se ve agravado porque los regímenes de otras banderas que navegan las mismas aguas, son más permisivos. El transporte terrestre dentro del territorio argentino no sufre esto.

Para que sea comparable al transporte terrestre, es necesario que las normas y su aplicación que regulan la construcción, operación, trafico, juzgamiento, estén bajo el control de las instituciones civiles con participación de los sectores interesados teniendo como fin el interés general tanto en seguridad y como operatividad.

Para comparar entre los dos transportes es necesario encontrar una solución a lo planteado anteriormente.

En resumen, para que el transporte por agua en el territorio argentino pueda compararse con el terrestre y así comparar costos y mostrar que es más económico, se debería garantizar que las mercaderías movidas entre puertos argentinos en buques de bandera nacional, sean consideradas que transitan por territorio nacional y no que salen de él.

Las normas, su aplicación y la resolución de conflictos de las embarcaciones, deben ser atribuciones de la sociedad civil, con intervención de los sectores involucrados en la actividad.

Para el transporte nacional por agua, actualmente las fronteras de la argentina están en los portones de los puertos, tanto para las mercaderías, las personas y las embarcaciones.

Para modificar esto existen las herramientas, no se necesitan nuevos medios, con los que hay alcanza. Solo se necesita la voluntad de cambio.

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