Colegio Abogados CASI

Fin de año 2025. Suspensiones de términos

La Corte señaló que la medida dispuesta por la Res. 1565 tiende a  facilitar las celebraciones, resguardando al mismo tiempo el acceso efectivo a la jurisdicción y sin afectar la prestación de servicios esenciales o la validez de los actos que eventualmente se realicen.

 Esta decisión se alinea con el decreto N° 3063/2025  de la Provincia de Buenos Aires, que ya había declarado asueto administrativo para la Administración Pública Provincial en las mismas fechas e invitado al Poder Judicial a adoptar una medida similar.

La disposición establece que, pese al asueto y la suspensión de términos, los actos que se lleven a cabo en esos días mantendrán su validez.

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